Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Discusión módulo 4 #1511

    1. ¿Qué prácticas entre la prensa y la Policía podrían implementarse para ayudar a facilitar el cubrimiento de este tipo de escenarios?

    R//una de las acciones que se pueden llevar a cabo para el cubrimiento de este escenario y otros es acordando previamente con las autoridades lo que está y no está permitido realizar y acordar el método más fácil para implementarlo.

    2. ¿Cómo podría Clara comunicarse con la Policía para ventilar esta situación y llegar a un acuerdo para realizar el cubrimiento periodístico?

    R//para poder continuar con su labor clara le debe informar al policía que al igual que él va a proteger la identidad de los menores que pasan la frontera de igual forma puede solicitar autorización de grabación a las personas mayores para grabar esto teniendo en cuenta el contexto de la situación.

    3. ¿Cómo se puede resolver este escenario de tensión entre la Policía y la prensa? ¿Puede la periodista Clara Estupiñán realizar su cubrimiento?

    R// para cualquier escenario de tención se debe recurrir al dialogo y la escucha esto nos facilita entender el contexto y buscar la mejor forma de cumplir con nuestro objetivo de comunicar, la periodista clara puede realizar su cubrimiento siempre y cuando proteja la identidad de los menores que se abren paso a través de la frontera.

    en respuesta a: Discusión módulo 3 #1510

    1. ¿Puede Carlos Molina realizar cubrimiento de los desalojos en Pance a pesar de no contar con acreditación cómo prensa?
    R// el periodista puede realizar el cubrimiento sin necesidad de contar con acreditación siempre y cuando no intervenga en el operativo de ninguna forma.

    2. ¿Existió algún exceso en el uso de la fuerza?
    R// si ya que el policía no debía exigir una acreditación de periodismo y muchos menos sacarlo por la fuerza.

    3. ¿Cumplió la Policía con los principios de legalidad, proporcionalidad, necesidad y prevención?
    R// NO, la policía actuó como si el periodista fuera un peligro inminente y no cumplió el principio de proporcionalidad y necesidad.

    en respuesta a: Discusión módulo 2 #1509

    1. ¿El Estado cumplió con sus deberes de prevenir, proteger y procurar justicia? ¿Por qué?

    R// en este caso el estado no cumplió a cabalidad con los deberes de prevenir, proteger y procurar justicia. Simplemente realizaron una investigación judicial la cual no surtió efecto alguno, ni protegieron de ninguna forma la vida del periodista.

    2. ¿De qué manera el Estado podría aplicar mejores prácticas para evitar la violencia contra periodistas como Rogelio Cardona?

    R// el estado podría aplicar mejores métodos de protección a periodistas, aumentando las penas que se le imponen a quienes hostiguen o amenacen al periodismo ya que muchas de esas acciones buscan silenciar y en ocasiones desprestigiar.

    3. ¿La solicitud por parte de la Fiscalía a Rogelio Cardona de entregar los datos de las personas consultadas para su artículo es una vulneración a la reserva de la fuente? ¿Por qué?

    R// la solicitud de la fiscalía de investigar o recolectar los datos de las personas consultadas para realizar el articulo es una clara vulneración de la reserva de la fuente, porque No se estaba investigando al periodista, sino, las amenazas hacia el periodista y ponen en aun mas riesgo al periodista y las fuentes.

    en respuesta a: Discusión módulo 1 #1508

    1. ¿El actuar de la policía en San Victorino se enmarca dentro de poder, función,
    actividad y/o medio de policía? ¿Por qué?

    R// en este caso percibo que el actuar del policía no fue adecuado porque se predispuso a actuar con violencia, cuando había otros medios de interacción como el dialogo con el ciudadano.

    2. ¿Estaba el Subintendente Calderón obligado a seguir las órdenes del Intendente
    Pacheco? ¿Por qué?

    R// el subintendente estaba obligado a seguir las ordenes del intendente ya que los rigen las normas militares, pero como individuo también se podía negar a llevar a cabo las ordenes si se percibe que estas afectan la integridad de una persona.

    3. ¿Al Subintendente Calderón le aplicaría el fuero penal militar por la investigación
    penal con ocasión de las lesiones personales que sufrió Juan? ¿Por qué?

    R// si bien el subintendente podría verse investigado en el fuero penal militar como protocolo, pero el hecho es jurisdicción de la justicia civil ya que el subintendente no se encontraba de turno al momento en el que se presentó la agresión.

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