Curso Entre líneas Foros Foro – Módulo 2 Discusión módulo 2 Respuesta a: Discusión módulo 2

#1241
Dexter.87Dexter.87
Participante

1. ¿El Estado cumplió con sus deberes de prevenir, proteger y procurar justicia?
¿Por qué?
No cumplió, toda vez que no logró obtener suficiente material probatorio, para poder demostrar quien era la persona que realizada las amenazas contra el periodista ROGELIO CARDONA.

2. ¿De qué manera el Estado podría aplicar mejores prácticas para evitar la
violencia contra periodistas como Rogelio Cardona?
Establecer mecanismos idóneos para poder determinar quien o quienes son las personas que amenazan a los periodistas por el ejercicio de su labor, es decir mayor tecnología para poder establecer desde donde se generaron las amenazas cuando son a través del uso de TICS, como identificar las IP, mayor cámaras de seguridad para determinar rutas de ingreso y escape de quienes cometen delitos contra periodistas, tecnología para poder realizar reconocimientos faciales a una base de datos donde tengan acceso las autoridades con funciones de policía judicial, citar a indiciados a diligencias de interrogatorios.

3. ¿La solicitud por parte de la Fiscalía a Rogelio Cardona de entregar los datos de
las personas consultadas para su artículo es una vulneración a la reserva de la
fuente? ¿Por qué?
vulnera la reserva de la fuente para periodistas establecida en el articulo 19 de la constitución política de 1991 y tratados internacionales como CONVENCION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLITICOS, entre otras, toda vez que no existe una causal valida para hacer el descubrimiento de la fuente, sin embargo habría que entrar a determinar ante un Juez Constitucional si él ordena al periodista revelar sus fuentes, sin embargo, existe jurisprudencia de la corte constitucional y de la corte suprema de justicia, que indica que no es viable jurídicamente esa posibilidad, y que de hacerlo seria una vulneración a la garantías de reserva de la fuente por parte de los periodistas.